PRÓRROGA PROCESO DE RECIRTIFICACIÓN
CONACEO informa a la comunidad odontológica que el Decreto Supremo N.º 18, de 2025, de los Ministerios de Salud y Educación, publicado en el Diario Oficial el 2 de enero de 2026, modificó el Reglamento de Certificación de Especialidades con el objeto de asegurar la continuidad de la vigencia de las certificaciones mientras se implementa el futuro proceso de recertificación de especialidades.
En consecuencia, las certificaciones de especialidad comprendidas en este régimen no pierden su vigencia por el solo hecho de que haya llegado la fecha de vencimiento anteriormente registrada. El Decreto N.º 18 establece que éstas mantendrán su vigencia hasta el último día del sexto mes siguiente a la publicación en el Diario Oficial del decreto que regulará el proceso de recertificación.
Esta prórroga opera automáticamente. Por lo tanto, actualmente no es necesario solicitar a CONACEO una prórroga individual, presentar declaraciones juradas, documentos notariales ni iniciar procedimiento alguno. La Superintendencia de Salud ha informado igualmente que, mientras no se publique el decreto de renovación, las certificaciones afectadas por este régimen permanecen vigentes sin necesidad de realizar un trámite adicional.
A la fecha de esta actualización, el decreto que establecerá las normas, criterios, requisitos y procedimiento para la renovación de las certificaciones de especialidad aún no ha sido publicado en el Diario Oficial por parte del Ministerio de Salud. En consecuencia, CONACEO todavía no se encuentra en condiciones de abrir el proceso de recertificación ni de informar de manera definitiva la documentación, procedimiento, plazos operativos y aranceles que serán aplicables.
Una vez publicada dicha normativa y definidas las condiciones para su implementación, CONACEO informará oportunamente a través de sus canales oficiales el procedimiento que deberán seguir los especialistas, los antecedentes que deberán presentar, los plazos correspondientes y demás información necesaria para efectuar la recertificación de la especialidad de manera ordenada e integra.
Por tanto y por ahora, los especialistas no deben realizar ningún trámite ante CONACEO para solicitar la recertificación de s especialidad.
Información actualizada al 10 de agosto de 2026.