Historia de Corporación Nacional Autónoma de
Certificación de Especialidades Odontológicas
CONACEO
Dr. Miguel Bravo Elgueta
A partir de 1979, el gobierno militar deroga las leyes por las cuales se regían los colegios profesionales, estableciéndose que ellos en adelante serían simples asociaciones gremiales. Por esta disposición desaparece la colegiación obligatoria, los aranceles mínimos profesionales que estos organismos dictaban pasaban a ser simple referencias no obligatorias y desaparecerían los Tribunales de Ética, determinándose que el Ministerio de Justicia dictará las disposiciones futuras por las cuales se controlará la ética de los profesionales universitarios, lo que nunca llegó a cristalizarse.
Estas disposiciones produjeron en el país una disminución de la ética, al mismo tiempo que se estableció una verdadera competencia regida por la oferta de la demanda. Surgió, así, una falta de la acción de algunos profesionales que derivó en una queja y demanda de “mala práctica profesional” que solo era juzgada por los Tribunales de Justicia, lo que implicaba un alto costo para los usuarios, los que quedaron en verdadera indefensión.
Esta situación derivó que la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, invitara a las Sociedades Científicas Médicas a crear un organismo, en que sus pares, se constituyeran para establecer las especialidades y a los especialistas, constituyendo de facto un organismo llamado Corporación nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas (CONACEM).
En el Colegio de Cirujano Dentistas desde hacía algún tiempo bajo la presidencia del Dr. Miguel de la Fuente (1974) se pretendía establecer una organización para determinar las especialidades odontológicas y los especialistas que las ejercían; sin embargo, al decir en su cuenta de las actividades del colegio, las gestiones habían fracasado por disposiciones de las propias sociedades científicas odontológicas que veían una competencia del colegio en estas materias.
El Colegio de Cirujano Dentistas de Chile, veía con preocupación el establecimiento de las acusaciones sobre mala práctica sin poder realizar absolutamente nada, debido a la inexistencia de los Tribunales de Ética. Estudiando el problema tomó conocimiento de estos hechos y escuchó los relatos de la asesora jurídica del colegio, la abogado funcionaria de la escuela de medicina, Sra. María Angélica Sotomayor de lo que allí estaba aconteciendo sobre el reconocimiento de las especialidades médicas. El concejo encomendó entonces a los Drs. Miguel Bravo Elgueta y Moisés Modak Strull para que se preocuparan y estudiaran el problema. Así, después de sus informes, el 3 de octubre de 1987 acordó que deberían definirse las especialidades y quiénes las ejercían, situación que la profesión desconocía totalmente, facultándose a dichos dirigentes para tomar contacto con las sociedades científicas y las facultades de odontología, y a la vez conocer la organización de CONACEM.
Triste es reconocerlo, la idea no tuvo la acogida esperada y sólo las Sociedades de Cirugía y Traumatología Bucal y Maxilofacial y la de Endodoncia dieron su amplio respaldo, a lo que se incorporó rápidamente las Sociedad de Periodoncia. Se tuvo, siempre el respaldo del Ministerio de Salud. Las facultades manifestaron su preocupación y el Ministerio de Educación su negativa, al creer que se establecía una competencia en la entrega de títulos.
Una a una se fueron venciendo las dificultades, la totalidad de las sociedades científicas comprendieron y fueron incorporándose, previamente se les pidió regularizar su situación de acreditación de personalidad jurídica ante el Ministerio de Justicia, para poder integrar la nueva corporación que surgiría. A las facultades se les demostró que ellas sólo podían entregar títulos y grados, como el magister y el doctorado, pero no así el de especialista, por lo demás CONACEO no entregaría títulos sino que un simple certificado de reconocimiento, con ello se logró la incorporación a esta entidad, en ciernes, de la Universidad de Chile a través del Dr. Raúl de la Sota, con lo cual se constituyó un comité provisorio integrado por: tres representantes del Colegio de Dentistas, doctores: Miguel Bravo, Moisés Modak y Raúl de la Sota ( que más bien era un representante de la Universidad de Chile, a quién el colegio le había cedido uno de sus cupos) y tres representantes de las sociedades científicas, doctores: marcos Bronstein, (Periodoncia), Fernando Solé (Cirugía) y Mario Cortés (Endodoncia).
El Decano de la Facultad de Odontología de la Universidad de Chile Dr. Juan José Villavicencio jugó un importante papel ante la rectoría de la Universidad de Chile, quién a través de su Departamento Jurídico negaba su participación en esta corporación, las gestiones del Dr. Villavicencio dieron frutos y la autorización fue concedida.
Hemos llegado al día 13 de septiembre de 1989, en la sede del colegio, con la presencia de todos los Presidentes de las Sociedades Científicas, de la Sociedad Odontológica de Chile, los Miembros del Consejo General del Colegio de Dentistas de Chile, la Dra. Olaya Fernández, Jefa del Departamento Odontológico del Ministerio de Salud, los Señores Decanos de las Facultades de la Universidad de Chile Dr. Juan José Villavicencio, del Dr. Álvaro Celis de la Universidad de Concepción y del Dr. Jorge Zuazola de la Facultad de Valparaíso, del abogado Sr. Eduardo Bravo y del Notario Público se dio inicio a la formación del Directorio Provisorio que impetraría el reconocimiento oficial del Ministerio de Justicia.
| El Directorio Provisorio quedó compuesto de la siguiente manera: |
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Doctores |
Representantes |
| Presidente |
Miguel Bravo |
Colegio |
| Vicepresidente |
Fernando Solé |
Sociedades Científicas |
| Secretario |
Mario Cortés |
Sociedades Científicas |
| Tesorero |
Moisés Modak |
Colegio |
| Vocales |
Mauricio Rudolph |
Sociedad Odontológica |
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Raúl de la Sota |
Colegio- Facultad U. de Chile |
Para elegir a sus representantes las sociedades científicas se constituyeron en la Federación de Sociedades Odontológicas de Chile (FESODECH).
La elaboración del proyecto estuvo a cargo del abogado Sr. Eduardo Bravo quién ejecutó funciones en forma gratuita y tuvo a su cargo la tramitación para la obtención de la Personalidad Jurídica, las diversas tramitaciones fueron en una enumeración: Ministerio de Salud y de Educación, Facultades de Odontología, Sociedades Científicas, Intendencia de Santiago, Universidad de Chile, Consejo de Defensa del Estado y finalmente Ministerio de Justicia, quién el 24 de agosto de 1992, por decreto 1052 otorga la personería jurídica y dice:
“El Ministerio de Justicia visto lo dispuesto en el decreto Supremo Nª110 reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica y lo informado por Intendencia de la Región Metropolitana, por el Subsecretario de Salud, por el subsecretario de Educación, por el Sr. Rector de la Universidad de Chile y por el Consejo de Defensa del Estado, decreto: Concédase personalidad jurídica a la entidad denominada Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Odontológicas que podrá usar la sigla de CONACEO, con domicilio en la provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago”.
“Apruébense los estatutos por los cuales se ha de regir la citada entidad, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fecha 13 de septiembre de 1989, de marzo de 1991 y de 6 de julio de 1992, otorgadas ante Notario Público de Santiago don Aliro Veloso Muñoz”.
El estatuto establece en su Art. 2º “La corporación tiene por objeto efectuar el reconocimiento uniforme de especialistas, en determinados campos o áreas del ejercicio profesional, a los cirujano dentistas que así lo soliciten. Como medios, entre otro, para la realización de su objeto, la corporación se propone determinar las disciplinas odontológicas que meriten ser certificadas, establecer los requisitos generales y específicos, procedimientos, plazos y modalidades de certificación, reconocimiento y certificación que en ningún caso tendrá el carácter de oficial; vincularse con instituciones académicas, profesionales de investigación científicas; vincularse con instituciones a fin de mantener permanentemente actualizado y en el más óptimo nivel los conocimientos técnicos y prácticos necesarios para la idónea y eficaz certificación de especialidades odontológicas; y en general efectuar cuanto sea necesario al mejor, más objetivo, preciso y veraz reconocimiento del especialista odontólogo, pudiendo para tales efectos, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenios que tiendan directa o indirectamente a la consecución de los fines que se propone en la medida de que los recursos de que disponga le permitan realizarlos.
CONACEO, será una corporación autónoma, independiente de cualquier otra organización de la profesión odontológica, no exigirá para su certificación o recertificación la pertenencia a alguna sociedad científica, o la realización de algún posgrado, simplemente analizará los antecedentes que se presenten y que merezcan la aprobación de su reconocimiento como especialista. La certificación se determinó, en sus comienzos, tendrá una duración de cinco años, posteriormente por efecto de reglamentaciones de las leyes sanitarias se amplió a siete años, igualmente con la recertificación.
El 13 de abril de 1993, se constituye la Primera Asamblea Ordinaria determinada por los Estatutos. Se eligen a los miembros designados en el directorio provisorio y se agregan los representantes de las universidades:
Universidad de Concepción Dr. Alejandro Saavedra y
Universidad de Valparaíso Dr. Juan Manuel Villaseñor.
En 1996, se crea una efervescencia política por la falta de especialistas tanto médicos como dentistas, especialmente en las regiones del país, lo que hace que un grupo de diputados presenten un proyecto de ley destinado a solucionar dicho problema, encabezados por el Sr. Aguiló, lo que obliga al Ministerio de Salud a crear una comisión especial con representaciones de los colegios profesionales de la salud para tratar la materia de las especialidades en salud y su regulación. Conaceo era uno de los representantes del colegio. Se trabajó durante un año, se consultó a todos los involucrados en los procesos de entrega de salud y las conclusiones se podrían resumir en lo siguiente:
No es posible establecer una ley para las especialidades en salud.
No se puede modificar el Código sanitario porque limitaría la acción médica y odontológica, lo que determinaría dos calidades de profesionales.
Los especialistas no tienen incentivos en los servicios, están mal remunerados y no se les da oportunidad de incrementar sus conocimientos.
Los especialistas en Chile, se auto denominan como tales, lo que pone en peligro la salud de la población.
Se reconoce la labor de Conacem y Conaceo.
La única posibilidad de un reconocimiento y regulación de las especialidades es mediante reglamentos que se dicten a través de leyes y a la vez mejorar las condiciones de los profesionales en cuanto a su desempeño en los servicios.
En el año 2000 aparece la ley 18469 que fija normas para los profesionales de la salud, que en general acoge los acuerdos de la comisión de 1996. En la tramitación de esta ley Conaceo tuvo la representación de toda la profesión para defender el estatus de la odontología.
En el año 2002, se establece una comisión tripartita en el Ministerio de Salud, Colegios Médico y Odontológico que reglamenta el sistema de acreditación a que se refieren los artículos 16 y siguientes de la ley 19964, en que se reconoce a Conacem y a Conaceo para entregar certificaciones de especialistas.
En el año 2004, se establece nueva comisión para estudiar un reglamento sobre certificación de especialidades y los organismos que la otorgan, a la cual presentamos conjuntamente con Conacem diversas aclaraciones y modificaciones que no fueron consideradas.
En el año 2005, aparece la ley 20129 de aseguramiento de la calidad de la educación superior en que se reconocen los títulos de licenciado, magíster y doctorado, no se hace mención a las especialidades.
En el año 2008, aparece el decreto Nº 57 publicado en el Diario Oficial del día 6 de noviembre que determina:
“Reglamento de Certificación de las Especialidades y Subespecialidades de los Prestadores Individuales de Salud y de las Entidades que la Otorgan”, al que sigue el decreto 16 publicado en el Diario Oficial del día 21 de febrero de 2009, reglamento sobre los Registros relativos a los Prestadores Individuales de Salud. En ellos los especialistas certificados deben inscribirse en la Superintendencia de Salud, a través de la Intendencia de prestadores, quién abrirá un registro nacional y regional de los especialistas para conocimiento de la opinión pública, en resguardo de la salud de al población.
En este decreto 57 fija las especialidades y subespecialidades de la odontología reconocidas por el Estado chileno.
En todas estas nuevas reglamentaciones aparece Conaceo como único ente certificador de especialidades odontológicas., las que debe dar a conocer a la Intendencia de Prestadores de salud para que sean incorporadas a los registros nacionales y regionales, a fin de que al población conozca a quién debe recurrir en caso de enfermedad.
Directorio Actual CONACEO Doctores: |
| Presidente |
MIGUEL BRAVO ELGUETA |
| Secretario |
MAURICIO ROSENBERG DÍAZ |
| Tesorero |
HÉCTOR GONZÁLEZ BUSTAMANTE |
DIRECTORES DOCTORES: |
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| LUIS ANTINI IRRIBARRA |
| ROBERTO IRRIBARRA MENGARELLI |
| LUIS FELIPE JIMÉNEZ SQUELLA |
| MIGUEL MIRANDA GRACÉS |
| MARIA EUGENIA TAPIA ARAVENA |
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